Noticias
2016-Jul-31 Impedirán nuevos casos de fraude en inscripciones ante SUNARP

A modo de garantía registral, de esta manera, la norma pone en vigencia el procedimiento de anotación preventiva notarial.

Se trata del nuevo reglamento de la Ley Nº 30313, que regula la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite y el procedimiento de cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de los documentos presentados ante la Sunarp. De tal forma, señala que ella se extiende aun cuando el titular registral sea un tercero, siempre que pueda ser solicitada dentro del plazo de un año contado desde la fecha del asiento de presentación del título que dio mérito al asiento registral irregular. Mientras que, en aquellos casos en que no se hubiera generado ningún asiento que contenga un acto de disposición o gravamen posterior al asiento registral irregular, el plazo para extender la anotación preventiva será de 10 años contados del mismo modo ya anotado. Para el levantamiento de esta medida, se refiere que una vez vencido el plazo de la anotación preventiva, esta caduca de pleno derecho. Aunque dicho asiento de cancelación podrá extenderse de oficio o a petición de parte. De no haber transcurrido el plazo de un año contado desde la fecha de presentación del respectivo título en mérito al cual se realizó la anotación, ella solo podrá ser levantada a solicitud del notario a cuyo ruego se extendió. La renovación de esta anotación es improcedente. Sin embargo, en aquellas situaciones en que sea solicitada por el notario, al haber transcurrido el plazo de caducidad, esta deberá extenderse como una nueva anotación. Según el artículo 6 de la norma, son los legitimados para solicitar la oposición al procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación del asiento registral irregular por suplantación de identidad o falsificación de documentos. El DS Nº 010-2016-JUS, de igual modo, refiere las reglas de la oposición y cancelación en sede administrativa; el conocimiento de la presentación de un título y de la denuncia por falsificación de documentos o suplantación de identidad, así como el conocimiento de la instancia registral de la denuncia presentada y la oposición del título en trámite. Todos ellos vigentes desde el próximo 28 de setiembre.

Fuente: Laley.pe

2016-Jul-29 Divorcios podrán proceder por ETS a pesar de contagio.

La Corte Suprema en una reciente sentencia casatoria, valida las importantes precisiones sobre la aplicación de la causal de enfermedad grave de transmisión sexual contraída luego de celebrado el matrimonio. El cónyuge que, luego del matrimonio, contrae una grave enfermedad de transmisión sexual (ETS) podrá demandar el divorcio contra su pareja si este ha sido quien le ha transmitido dicha enfermedad. La causal de enfermedad grave contraída después del matrimonio no solo busca proteger al cónyuge sano y a la prole. Por ello, no debería interesar que el cónyuge demandante se encuentre en buen estado de salud para la procedencia de su demanda. Este criterio fue expuesto por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, al resolver la Casación N° 2503-2014-ICA (publicada en el diario oficial El Peruano del 30/06/16).


2016-Jul-28 Conciliación agilizará procesos judiciales en segunda instancia laboral.

La conclusión del acto conciliatorio estaría suscrito en las actas de conciliación, las mismas que son equivalentes al valor de una sentencia.

Según la Cuarta Sala Laboral Permanente de la Corte de Lima, en lo que va del año se han registrado 11 acuerdos conciliatorios en materia laboral, cifra positiva para la entidad que promueve dicho mecanismo siempre y cuando el caso sea muy claro y no haya elementos para continuar con el proceso. En tanto, la participación de los representantes de empresas y los trabajadores demandantes en los informes orales en segunda instancia podrían conciliar ya que ahora la forma de enfrentar una controversia laboral en la judicatura también permite que la sala superior pueda advertir la claridad del tema en litigio y se formule una propuesta conciliatoria con la participación de los asesores y abogados de las partes. Diversos especialistas concuerdan que los abogados de las partes en un proceso laboral deberán acudir a la primera y a la segunda instancia judicial preparados para conciliar ya que se agilizaría una solución inmediata al conflicto en la que ambas partes estarían de acuerdo con la propuesta de sus soluciones. A diferencia de lo que ocurre cuando la controversia laboral se soluciona mediante una sentencia, en cuyo caso es más difícil cumplir el pronunciamiento judicial porque hay una obligación de por medio que cumplir. Asimismo, en la corte capitalina figuran otros procesos concluidos, tales como casos de desnaturalización de la contratación modal, reposiciones por despidos fraudulentos e incausados, y de pago de beneficios sociales. Las fórmulas conciliatorias consisten en los pagos de dinero hechos en el momento de la suscripción de las actas de conciliación.

2016-Jul-27 Aprueban plan nacional que erradicaría violencia de género

Con el fin de garantizar la protección de víctimas de la violencia de género y la reeducación de sus agresores. Además, esta nueva herramienta legal brinda guías de prevención para sector educativo y familiar.

Decenas de personas a diario son afectadas por violencia de género, principalmente las mujeres en su diversidad, quienes son brutalmente golpeadas. Ante ello, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), ha publicado en el diario oficial El Peruano el día 26 de Julio, el Decreto Supremo Nº 008-2016-MIMP, que garantiza a las personas afectadas por violencia de género, el acceso a servicios integrales, articulados, oportunos y de calidad, destinados a la protección, atención y recuperación de las personas afectadas; y la sanción y reeducación de las personas agresoras.  Con esta nueva herramienta legal se prevee que se reduzcan los casos de violencia sexual, familiar y feminicidios, los cuáles son totalmente actos de rechazo en la sociedad. Asimismo, se reconocen las desigualdades entre hombre y mujer en todos los aspectos. Todo ello con el fin de llevar una mejor calidad de vida y cambiar los patrones sociocultares establecidos por las relaciones desiguales de poder en nuestra sociedad. Además esta herramienta contiene capacitaciones en formación inicial y profesorado para reconocer la violencia de género y prevenirla, así como acciones de la comunidad educativa y familiar.